Veri*Factu para tatuadores (explicado como si tuvieras cinco años) – Versión realista con el tema del efectivo
Muchos tatuadores y estudios piensan que, si nadie les pide factura o si cobran con tarjeta, no necesitan adaptarse a la normativa Veri*Factu. Pero cuando se enteran de que eso no es así, aparece siempre el mismo comentario:
“Pues entonces, a partir de ahora, solo cobro en efectivo y aquí no se entera nadie.”
Este artículo explica por qué eso no funciona, por qué sigue siendo obligatorio registrar las ventas y qué ocurre después cuando llega el trimestre y hay que declarar ingresos. Todo explicado como si tuvieras cinco años.
🎒 Imagina tu estudio como un cole
Imagina que tu estudio de tatuajes es como una clase del cole. Tú eres el alumno. Hacienda es la profe.
Cada vez que tatúas a alguien y te paga, es como si la profe te dijera:
“Cada vez que ganes una moneda, apúntala en este cuaderno mágico que no se puede borrar.”
Ese cuaderno mágico se llama Veri*Factu.
📌 No es obligatorio hacer factura. Lo obligatorio es registrar.
Esto es importante:
- ❌ No tienes que hacer factura si el cliente no la pide.
- ✔️ Sí tienes que registrar la venta en un software compatible con Veri*Factu.
Veri*Factu no va de facturas.
Va de registros que no se puedan borrar.
💳 “Pues si cobro con tarjeta, ya queda registrado”
No, no y no.
Cobrar con tarjeta solo significa que el banco sabe que te han dado dinero. A Hacienda eso le da igual.
El TPV no sustituye Veri*Factu.
Bizum no sustituye Veri*Factu.
El banco no sustituye Veri*Factu.
El registro tiene que estar en un programa adaptado.
💶 “Pues entonces cobro todo en efectivo y ya está”
Este es el pensamiento más habitual cuando un tatuador descubre la normativa. Pero aquí llega la parte definitiva:
👉 Cobrar en efectivo NO te libra de Veri*Factu.
La normativa no mira cómo cobras. Mira si has hecho una venta.
Si la venta existe, tienes que registrarla. Y punto.
🔥 Vale… pero si cobro en efectivo y no lo registro, ¿quién se entera?
Aquí está la parte que muchos no piensan:
Al final del trimestre tienes que presentar:
- el modelo 130 (IRPF) si eres autónomo, o
- el impuesto de Sociedades si eres empresa.
En esos modelos tienes que declarar tus ingresos reales.
Si no registras nada, estás diciendo a Hacienda que en tres meses has ganado:
0 euros.
Y aquí pasan dos cosas:
1️⃣ Si declaras muy poco o casi nada, saltas alarmas
Hacienda cruza datos:
- Gastos altos en material
- Alquiler del local
- Luz, agua, horarios
- Movimientos bancarios
- Redes sociales llenas de tatuajes
- TPV activo aunque no lo uses mucho
- Denuncias, vecinos, inspecciones aleatorias
Si tus ingresos declarados no tienen sentido con tu actividad real, investigan.
2️⃣ Si declaras ingresos manualmente, tienes el problema igualmente
Para poder declarar ingresos, los necesitas registrados en algún sitio.
Si dices: “He ganado 6.000 € este trimestre”, Hacienda puede pedir:
- registro de ventas,
- listado de operaciones,
- libro de facturas emitidas,
- libro de ingresos,
- pruebas de actividad.
Y aquí viene la gran bomba:
Si no tienes registro Veri*Factu, estás incumpliendo la normativa aunque declares los ingresos.
Declarar ingresos no te salva de la obligación del registro.
Son dos cosas diferentes.
🧠 “Entonces… ¿si cobro en efectivo tengo que registrarlo igual?”
Sí. Siempre sí.
Da igual si el dinero entra por:
- 💶 efectivo,
- 💳 tarjeta,
- 📲 Bizum,
- 🏦 transferencia.
Si cobras → tienes que registrarlo en un software Veri*Factu.
🛠️ ¿Cómo cumplir sin complicarte la vida?
Aquí es donde muchos estudios respiran tranquilos:
TattooNet está adaptado a Veri*Factu.
🔵 Puedes registrar ventas sin emitir factura.
🔵 Puedes emitir factura solo si el cliente la pide.
🔵 Puedes llevar ingresos en efectivo y no perder el control.
🔵 Cumples la normativa sin dolores de cabeza.
No tienes que hacer nada raro.
Solo tienes que registrar ingresos.
⭐ Resumen final (versión ultra-sencilla)
- ✔️ Veri*Factu NO te obliga a hacer facturas.
- ✔️ Veri*Factu SÍ te obliga a registrar todas las ventas.
- ✔️ Cobrar en efectivo no te libra de la obligación.
- ✔️ Declarar ingresos sin registro también incumple la normativa.
- ✔️ Cobrar con tarjeta tampoco te salva.
- ✔️ La única forma correcta es registrar cada ingreso.
Si cobras → registras.
Si no registras → incumples.
Así de simple. ¡UNA PUT… MIERDA para tenernos controlados hasta cuando vamos a cagar!




No hay comentarios